Alumbrado

Cumplimiento de la ITC-BT-05.

Las instalaciones comunes de los edificios destinados principalmente a viviendas y cuya potencia total instalada sea superior a 100 kW, según su documentación técnica de diseño, deben ser objeto de inspecciones periódicas por Organismos de Control cada 10 años en cumplimiento de la ITC-BT-05.

Las instalaciones eléctricas comunes de los bloques de viviendas que están sujetas a inspección periódica son:

  1. a) Instalaciones de enlace (caja general de protección, línea general de alimentación o línea repartidora, contadores y unidades funcionales asociadas).
  2. b) Las correspondientes a los servicios generales del edificio (alumbrado, alimentación de ascensores, centrales de climatización, bombas de presión, etc.).
  3. c) El resto de las posibles instalaciones comunes asociadas a los edificios de viviendas (garajes, piscinas, alumbrado exterior, etc.).

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